ORD – 002-2020 – EMERGENCIA CLOACAL Y DEL SISTEMA DE EFLUENTES CLOACALES

MUNICIPALIDAD DE EL TRAPICHE

Boletín Oficial: N° 15.114 (12/2/2020)

MUNICIPALIDAD DE EL TRAPICHE

MUNICIPALIDAD DE EL TRAPICHE

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ORDENANZA Nº 002-H.C.D-2020.-

El Trapiche, 24 de Enero de 2020.-

EMERGENCIA CLOACAL Y DEL SISTEMA DE EFLUENTES CLOACALES

VISTO:

La situación crítica que atraviesa el Sistema de Efluentes Cloacales en el ámbito de la Municipalidad de El Trapiche, los artículos 47, 258 incisos 1) 2) 3) 4) y 17), y; 

CONSIDERANDO:

Que es de notorio y público conocimiento la problemática que están atravesando diferentes zonas de la Municipalidad de El Trapiche en lo que respecta al Sistema de Efluentes Cloacales;

Que la problemática se funda en la falta de inversión en infraestructura básica por parte del Estado Municipal y Provincial a lo largo de los años que, sumado al crecimiento poblacional del Municipio y su falta de seguimiento por parte de un plan de obras públicas serio, ha comprometido gravemente la capacidad de brindar a cada uno de los vecinos un adecuado servicio de cloacas que garantice la salud pública en todo el ejido de la Municipalidad;

Las condiciones geográficas que presenta ejido de la Municipalidad de El Trapiche hacen que las plantas de efluentes cloacales cuenten con estaciones de bombeo eficientes, lo que en la actualidad no ocurre, puesto que cada una de las estaciones mencionadas debiera tener al menos dos bombas y en su gran mayoría sólo cuentan con sólo una bomba;

Que, en orden a lo antes dicho debe agregarse el inadecuado estado de mantenimiento y funcionamiento que tienen las estaciones de bombeo, como también las bombas, caños y tableros de comando que las integran;

Que, como dispone el artículo 47 de la Constitución Provincial, “los habitantes tienen derecho a un ambiente humano de vida salubre y ecológicamente equilibrado y, el deber de conservarlo. […] El Estado debe promover la mejora progresiva de la calidad de vida de todos los habitantes de la Provincia”.

Que, como lo establece el artículo 258 de la Constitución Provincial en sus incisos 1) 2) 3) 4) y 17), es facultad del H. Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Trapiche dicar ordenanzas sobre Salubridad Pública, Servicios Públicos, Urbanismo, Obras Públicas, Códigos Urbanísticos y Conservación del patrimonio arquitectónico local, medio ambiente y recursos naturales;

Por todo ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL TRAPICHE, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1. DECLÁRASE el Estado de Emergencia Cloacal y del Sistema de Efluentes Cloacales en todo el ejido de la Municipalidad de El Trapiche en un término de 90 días prorrogables por un mismo periodo.-

ARTÍCULO 2. ENCOMENDAR al Poder Ejecutivo Municipal la realización de un Plan de Contingencia con medidas concretas que aseguren, en el presente y futuro, la correcta y adecuada prestación del servicio de cloacas en todo el ejido de la Municipalidad de el Trapiche.

ARTÍCULO 3. SOLICITAR al Poder Ejecutivo Municipal que, en el plazo de 90 días a contar desde la promulgación de la presente Ordenanza, remita al H. Concejo Deliberante el Plan de Acción que implementará para resolver la emergencia declarada por la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 4. AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal a realizar convenios y/o acuerdos de cooperación con el Gobierno Nacional, el Gobierno Provincial, Gobiernos Municipales, Organismos Internacionales, Organizaciones No Gubernamentales, entidades públicas o privadas, que tengan como objetivo resolver la crítica situación del sistema de Efluentes Cloacales en la Municipalidad de El Trapiche.

ARTÍCULO 5. AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal a realizar todos los actos que sean favorables o conducentes a resolver el estado crítico del Sistema de Efluentes Cloacales en el ámbito de la Municipalidad de El Trapiche.-

ARTÍCULO 6. Comuníquese, publíquese.

MARIA POZO FILIPA

Presidente H.C.D.

Adriana Selva Cravero

Concejal

Hugo Ojeda

Concejal

Diego Guevara-Concejal

SPP e. y v: 12 Feb.

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DECRETO Nº 002-P.E.M-2020.-

El Trapiche, 28 de Enero de 2020.

VISTO:

LA ORDENANZA Nº 002- H.C.D- 2020 EMERGENCIA CLOACAL Y DEL SISTEMA DE EFLUENTES CLOACALES aprobada por el Honorable Concejo Deliberante de El Trapiche; Y

CONSIDERANDO:

Que es una facultad del ejecutivo municipal promulgar las ordenanzas aprobadas por el Honorable Concejo Deliberante;

EL INTENDENTE DE EL TRAPICHE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DISPONE, CON FUERZA DE DECRETO:

Art. 1º.- Promulgar la Ordenanza Nº 002- H.C.D- 2020 EMERGENCIA CLOACAL Y DEL SISTEMA DE EFLUENTES CLOACALES.

Art. 2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.

JUAN MANUEL RIGAU

Intendente

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